Últimamente parece que hay un incremento en la transmisión de inmuebles, a continuación se detallamos…
¿Qué coste fiscal tiene la donación de un inmueble?
El principal propósito de estas cuatro líneas es resaltar la importancia de una buena planificación en el momento de donar, teniendo muy presente los costes fiscales y así evitar sorpresas.
Cuando se dona un inmueble los impuestos que se pagan son:
1.- Impuesto sobre Donaciones: es el impuesto que debe pagar quien recibe la donación. En Cataluña este importe es del 5% -7% -9% en función de la cuantía de la donación, (aunque existe una reducción por donación de primera vivienda habitual a descendientes).
2. Plusvalía municipal: este se debe pagar al Ayuntamiento, por el incremento del valor del terreno del inmueble urbano. También lo debe pagar quien recibe la donación. Normalmente cuantos más años se haya tenido la finca en propiedad más se pagará. A partir de los 20 años de permanencia se pagará el mismo importe.
3. Impuesto sobre la renta: es sin duda el impuesto más conocido. No obstante una gran parte de los contribuyentes desconocen que cuando se realiza una donación, además de tributar por el impuesto de donaciones, también afecta al Impuesto sobre la renta del que dona, y normalmente en una cuantía importante. Así es, esa donación para el donante tributa como si de una venta se tratase. Así por ejemplo tributará en el 2017, entre el 19% y el 23% de la supuesta ganancia patrimonial. Es decir tributará a esos porcentajes en la diferencia entre el valor de adquisición o construcción y el valor que se le haya dado en la donación (ojo! se debe valorar a precio de mercado, como si se transmitiera a un tercero). Son muy habituales las comprobaciones de la Administración Tributaria para revisar estos valores.
Hay que recordar también que los coeficientes de actualización del IPC han desaparecido y los coeficientes de abatimiento que hacían reducir mucho la tributación solo se limitan a los primeros 400.000 € de transmisión sea onerosa o donación.