A efectos fiscales los cambios que ha introducido la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo 6/2017 que entrará en vigor a partir de enero de 2018, se pueden resumir en dos puntos: ...
seguir leyendoCómo ahorrar impuestos en la transmisión de inmuebles
Últimamente parece que hay un incremento en la transmisión de inmuebles, a continuación se detallamos un conjunto de consejos que os pueden ser útiles en el momento de planificar la transmisión para conseguir el máximo ahorro fiscal.
En la transmisión de viviendas habituales hay que destacar:
Si se ha vendido la vivienda habitual durante el 2017 obteniendo una ganancia patrimonial, se tendría que tributar, pero si el importe obtenido en la transmisión se reinvierte antes de dos años en la adquisición de otra vivienda habitual no se tributará.
Si quien transmite la vivienda habitual tiene 65 años o más no se tendrá que pagar por la ganancia producida, independientemente de si reinvierto o no.
En las transmisiones de otros inmuebles cabe destacar:
Si se transmite un inmueble se debe tributar en el año de la transmisión, pero si se pacta un calendario de pagos superior a un año, se podrá distribuir la ganancia entre los diferentes años cobrados, imputando a cada año el importe realmente cobrado.
Si se transmite un inmueble, o cualquiera otro bien o derecho, y se tienen más de 65 años, no se tributará por la ganancia patrimonial, hasta un máximo de 240.000 euros, siempre y cuando el importe obtenido sea destinado a una renta vitalicia.
Si se transmite un inmueble urbano comprado entre el día 12 de mayo y el 31 de diciembre del 2012, se podrá reducir la renta obtenida en un 50%, siempre y cuando no se venda a un familiar.
Si se transmite un inmueble que se adquirió antes de 1995, se puede reducir la ganancia obtenida en su transmisión con los coeficientes de abatimiento, hasta un límite de 400.000€. Conviene aplicar los coeficientes sólo a las transmisiones que proporcionalmente incorporen una mayor ganancia patrimonial para obtener el máximo ahorro fiscal.