5 preguntas frecuentes sobre la declaración de la Renta 2016
¿Están exentas las pensiones compensatorias al cónyuge y las pensiones por alimentos a los hijos, reconocidas ambas en resolución judicial? Sólo las pensiones por alimentos a favor de los hijos están exentas. Los cónyuges que reciban la pensión compensatoria la tendrán que incluir dentro de los rendimientos de trabajo, pero el pagador se podrá reducir de su base imponible general el importe pagado por la pensión compensatoria.
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